Uno de los principales retos de regular un sector como el de las fintech consiste en desarrollar una legislación adaptada a las necesidades de los nuevos agentes del mercado. En España, la Ley 7/2020 para la transformación digital del sistema financiero, denominada Sandbox financiero o regulatorio, entró en vigor el 15 de noviembre del año pasado y convirtió a nuestro país en referente europeo en innovación en este campo, siguiendo la estela de Reino Unido, que aprobó su propio ordenamiento en 2016.
¿Qué es un ‘sandbox’?
Un sandbox es, literalmente, una caja de arena. Dentro del contexto de la economía digital, hace referencia a un mecanismo creado para responder a la necesidad de equiparar la regulación al acelerado ritmo de la innovación.
Así, aplicado al sector tecnofinanciero, se trata de un espacio de pruebas controlado que facilita la puesta en marcha y supervisión de proyectos de innovación tecnológica. En su elaboración en nuestro país ha participado la Asociación Española de Fintech e Insurtech (AEFI), en un proceso que comenzó en 2017.
El objetivo de esos proyectos es buscar la mejora en la prestación de los servicios financieros, con unos protocolos de control, y criterios de proporcionalidad e igualdad de trato para las entidades. Es, en definitiva, un marco para ensayar con nuevos modelos de negocio desprotegidos aún por las normas vigentes.
Aquellos proyectos que aspiren a entrar en el Sandbox español deberán cumplir los siguientes requisitos:
- Serán iniciativas innovadoras que encajen en el marco del sistema financiero.
- Deberán estar lo suficientemente avanzadas en su conceptualización para que sean escalables.
- Que aporten un valor añadido, como la reducción de costes o el incremento de la seguridad, por ejemplo.
El paso a paso de un proyecto en el Sandbox español
El Sandbox depende de la Secretaría General del Tesoro, que se encarga de iniciar el sistema de recepción de proyectos enviados por las empresas. Una vez sobre su mesa, son tres los órganos supervisores que se encargan de estudiarlos y evaluarlos en el plazo aproximado de un mes: el Banco de España (BdE), la Comisión Nacional del Mercado de Valores y la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones.
Una vez aprobado, el supervisor y la empresa adjudicataria acordarán el proceso para la puesta en marcha de las pruebas. Estos protocolos serán específicos para cada proyecto y recogerán las reglas y condiciones por las cuales se regirá. Estas incluirán desde aspectos prácticos, como el número de clientes que participarán en el programa piloto, hasta detallar cómo se escalará del espacio de test al régimen de actividad una vez concluya la primera fase de pruebas.